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CONAPINA inicia proceso de autorización de los Centros de Atención a Primera Infancia

En el marco de la implementación de la Ley Crecer Juntos, el CONAPINA inicia este día el proceso de autorización de los Centros de Atención a Primera Infancia, CAPI, que serán los encargados de brindar atención que favorezca el desarrollo integral de las niñas y niños desde sus primeros meses de vida hasta los 4 años, mediante cuidados cariñosos y sensibles, estimulación oportuna y educación de calidad, favoreciendo su desarrollo físico, cognitivo, afectivo y social.

La Ley Crecer Juntos establece que los patronos, con cien o más personas laborando deben garantizar que las hijas e hijos de su personal tengan acceso a un CAPI. Esto incluye al sector público y privado, municipalidades e instituciones autónomas.

Asimismo, el Estado tiene la obligación de instalar CAPI públicos y gratuitos para la población que no está cubierta por la obligación patronal. Esto se realizará a través de las alcaldías municipales.

A fin de regular los procedimientos, el CONAPINA pone a disposición el Reglamento de Instalación, Funcionamiento y Supervisión de los Centros de Atención a Primera Infancia, CAPI.

El documento es el producto de un proceso de consulta abierta, con la participación de instituciones, organizaciones y sociedad en general. Este desarrolla y complementa las disposiciones de la Ley relativas a la autorización, registro, instalación, funcionamiento y supervisión de los CAPI.

El proceso de autorización consta de cinco pasos:

  1. Ingreso de información: a través de la Ventanilla Única desde el portal Simple SV. en www.simple.sv/
  2. Revisión de Información: por parte del CONAPINA para observación, inadmisión o admisión de la solicitud.
  3. Pago de aranceles: para tramitar lo siguiente:
  4. Permiso sanitario emitido por MINSAL, por un monto de $25.00.
  5. Certificación de medidas de seguridad y prevención de incendios, emitida por el Cuerpo de Bomberos de El Salvador, el cual dependerá de la extensión del lugar.
  6. Pago de arancel al CONAPINA para la autorización de CAPI, el cual asciende a $45.85.
  1. Inspección: A cargo de los ministerios de Salud, Educación, el Instituto Crecer Juntos y el Cuerpo de Bomberos de El Salvador que extenderán los permisos requeridos a quienes cumplan con los requisitos establecidos.
  2. Certificado de autorización del CAPI: extendido por el CONAPINA.

El CONAPINA brindará asistencia técnica gratuita para atender cualquier tipo de consultas, poniendo a disposición los números 2213-4726 y 7603-5420 y el correo capi@conapina.gob.sv.

El CONAPINA es la única institución autorizada para asesorar sobre este proceso.

Como institución rectora en materia de derechos de niñez y adolescencia, estamos contribuyendo en la construcción de un mejor presente para las niñas y niños para que alcancen su máximo desarrollo desde la Primera Infancia.

¡Estamos empezando bien… por el principio!