CONAPINA inicia proceso de autorización de los Centros de Atención a Primera Infancia
En el marco de la implementación de la Ley Crecer Juntos, el CONAPINA inicia este día el proceso de autorización de los Centros de Atención a Primera Infancia, CAPI, que serán los encargados de brindar atención que favorezca el desarrollo integral de las niñas y niños desde sus primeros meses de vida hasta los 4 años, mediante cuidados cariñosos y sensibles, estimulación oportuna y educación de calidad, favoreciendo su desarrollo físico, cognitivo, afectivo y social.
La Ley Crecer Juntos establece que los patronos, con cien o más personas laborando deben garantizar que las hijas e hijos de su personal tengan acceso a un CAPI. Esto incluye al sector público y privado, municipalidades e instituciones autónomas.
Asimismo, el Estado tiene la obligación de instalar CAPI públicos y gratuitos para la población que no está cubierta por la obligación patronal. Esto se realizará a través de las alcaldías municipales.
A fin de regular los procedimientos, el CONAPINA pone a disposición el Reglamento de Instalación, Funcionamiento y Supervisión de los Centros de Atención a Primera Infancia, CAPI.
El documento es el producto de un proceso de consulta abierta, con la participación de instituciones, organizaciones y sociedad en general. Este desarrolla y complementa las disposiciones de la Ley relativas a la autorización, registro, instalación, funcionamiento y supervisión de los CAPI.
El proceso de autorización consta de cinco pasos:
- Ingreso de información: a través de la Ventanilla Única desde el portal Simple SV. en www.simple.sv/
- Revisión de Información: por parte del CONAPINA para observación, inadmisión o admisión de la solicitud.
- Pago de aranceles: para tramitar lo siguiente:
- Permiso sanitario emitido por MINSAL, por un monto de $25.00.
- Certificación de medidas de seguridad y prevención de incendios, emitida por el Cuerpo de Bomberos de El Salvador, el cual dependerá de la extensión del lugar.
- Pago de arancel al CONAPINA para la autorización de CAPI, el cual asciende a $45.85.
- Inspección: A cargo de los ministerios de Salud, Educación, el Instituto Crecer Juntos y el Cuerpo de Bomberos de El Salvador que extenderán los permisos requeridos a quienes cumplan con los requisitos establecidos.
- Certificado de autorización del CAPI: extendido por el CONAPINA.
El CONAPINA brindará asistencia técnica gratuita para atender cualquier tipo de consultas, poniendo a disposición los números 2213-4726 y 7603-5420 y el correo capi@conapina.gob.sv.
El CONAPINA es la única institución autorizada para asesorar sobre este proceso.
Como institución rectora en materia de derechos de niñez y adolescencia, estamos contribuyendo en la construcción de un mejor presente para las niñas y niños para que alcancen su máximo desarrollo desde la Primera Infancia.
¡Estamos empezando bien… por el principio!